
¿Cómo montar legalmente una empresa de excursiones en Canarias?
Conoces cada sendero de Anaga como la palma de tu mano, allí donde la panza de burro (esa panza de nubes que trae el alisio) acaricia la laurisilva. Sabes a qué hora la luz cae mejor sobre el Teide, dónde el mar se calma para el kayak y qué barranco no conviene tocar cuando amenaza lluvia. Y un día piensas lo lógico: "¿por qué no vivir de esto?". Es un buen instinto, y no eres el único que lo tiene, sobre todo entre quienes han llegado de fuera enamorados de las islas.
La buena noticia es que se puede. La otra noticia, la que casi nadie te cuenta al principio, es que llevar gente al monte a cambio de dinero es una actividad regulada, y empezar "a ver qué pasa" sin los papeles en regla es el camino más rápido a una sanción y, peor, a un accidente sin cobertura. Esta guía te ordena los pasos, sin dramatismos y con las fuentes oficiales al final. Es la tercera entrega de nuestra serie sobre excursiones legales en Canarias.
Antes de nada: no es un hobby, es una empresa
Un recorrido guiado de pago (senderismo, barranquismo, kayak, avistamiento, escalada) entra dentro de lo que la normativa llama turismo activo, y en Canarias eso lo regula el Decreto 226/2017, actualizado por el reciente Decreto 138/2025, de 27 de octubre. No es un trámite decorativo: define qué titulaciones necesitas, qué seguro es obligatorio y cómo debes registrarte antes de operar.
La diferencia con un favor entre amigos está en el dinero y en la oferta abierta. En cuanto cobras y te anuncias como servicio, eres una empresa a ojos de la ley. Y ser empresa, aquí, tiene ventajas reales que veremos al final. Vamos por orden.
Paso 1: darte de alta como autónomo
El primer ladrillo es hacerte autónomo. Se hace en dos ventanillas:
Hacienda (alta censal, modelo 036/037), donde eliges tu epígrafe del IAE. Aquí hay un matiz importante: el turismo activo no tiene un epígrafe propio, así que se encaja en el que mejor describa tu actividad. Los más habituales son el 882 (guías de turismo), el 967.2 (escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte) o el 755 (agencias de viajes) si además montas y vendes paquetes. Conviene afinar esta elección con una gestoría, porque de ella dependen tus obligaciones fiscales.
Seguridad Social (alta en el RETA), el régimen de autónomos.
Un empujón para empezar: quien se da de alta por primera vez puede acogerse a la tarifa plana de autónomos, que en 2026 son 80 euros al mes de cuota reducida durante los doce primeros meses (algo más sumando el MEI), prorrogables otro año si tus ingresos quedan por debajo del salario mínimo. Se solicita en el mismo momento del alta.
Paso 2: la titulación que la actividad exige
Aquí está el punto que más gente subestima. Conocer bien la isla no es una titulación. La normativa exige que el personal técnico, monitores, instructores y guías tengan la titulación o cualificación profesional legalmente exigible para la actividad concreta que ofreces. No es un título único: es el que corresponde a cada disciplina.
Para las actividades de montaña, los títulos oficiales de referencia son las enseñanzas deportivas reguladas por el Estado (Real Decreto 702/2019), entre ellas el Técnico Deportivo en Media Montaña, el Técnico Deportivo en Barrancos y el Técnico Deportivo en Escalada. Cada uno delimita qué puedes guiar y en qué condiciones: senderismo y media montaña estival, descenso de barrancos, vías ferratas, escalada, etc.
Y ojo a una distinción que ya vimos en la primera entrega: si tu actividad es de guiado cultural o de patrimonio (visitas a cascos históricos, monumentos), eso es otra profesión regulada, la de guía de turismo oficial, que en Canarias exige una habilitación de la Dirección General tras superar unas pruebas (Decreto 13/2010). Son mundos distintos, con títulos distintos.
Un apunte útil del Decreto 138/2025: quienes ya operaban tienen un periodo de adaptación de dos años desde su entrada en vigor para ajustarse a las nuevas titulaciones exigidas. Si estás empezando de cero, mejor plantear la formación correcta desde el principio.
Paso 3: el seguro obligatorio (y con cifras)
Esto no es opcional ni negociable. La normativa canaria obliga a las empresas de turismo activo a contratar:
Un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 600.000 euros por siniestro y 150.000 euros por víctima.
Un seguro de accidentes o asistencia que cubra a los participantes, incluidas las posibles tasas de búsqueda, rescate y salvamento derivadas de un accidente.
Ese seguro es, literalmente, lo que separa una empresa seria de una ruta "en negro". Es también tu propia red de seguridad como profesional: un esguince en terreno difícil deja de ser tu ruina personal para ser un parte cubierto.
Y no es un supuesto teórico. Si el Gobierno de Canarias tiene que movilizar un helicóptero del GES (Grupo de Emergencias y Salvamento) por un accidente de un cliente bajo tu tutela y se demuestra negligencia o falta de cobertura, la factura de las tasas de búsqueda y rescate puede ascender a miles de euros y llegar a tu nombre. Si tu actividad toca el agua (kayak en los acantilados de Los Gigantes, por ejemplo), la póliza debe contemplar además las mareas y las corrientes de resaca propias de la costa canaria.
Paso 4: la declaración responsable y el registro
Con el alta, la titulación y el seguro en la mano, das el paso que te convierte en operador legal: presentas una declaración responsable de inicio de actividad en la sede electrónica del Gobierno de Canarias. Con ella declaras que cumples los requisitos (titulación del personal, seguros, formación en primeros auxilios, nivel de español B1 del personal, y certificado negativo del Registro de Delincuentes Sexuales si trabajas con menores) y quedas inscrito en el Registro General Turístico de Canarias, que te asigna un código identificativo.
Ese código no es papeleo muerto: es lo que un viajero informado te va a pedir antes de reservar, y lo que te abre las puertas del siguiente paso.
¿Sabías que? El registro de turismo activo de Canarias es de datos abiertos: cualquiera puede descargar la lista de operadores inscritos y comprobar si estás en ella. Estar en esa lista es, hoy, una de las mejores cartas de presentación que puedes tener frente a un cliente.
Ojo con las regulaciones de espacio en 2026
Registrar la empresa no basta. Si vas a guiar en espacios protegidos, tendrás que tramitar además los permisos específicos de cada Cabildo o parque. Algunos ejemplos que ya están en vigor:
Anaga: el sendero de El Pijaral (Bosque Encantado), en la Reserva Natural Integral, exige una autorización previa y nominal del Cabildo de Tenerife (gratuita, con cupo diario limitado y grupos pequeños; no admite tours comerciales masivos).
Teide: para pisar la cima por el Sendero nº 10 Telesforo Bravo necesitas reserva/permiso; y desde junio de 2026 está prohibido fumar en todo el Parque Nacional. Además, el Refugio de Altavista reabre el 20 de julio de 2026 tras años de obras, lo que reactiva la logística de las pernoctaciones para ver el amanecer desde la cima.
Masca: si llevas grupos al barranco, el acceso está regulado y obliga a usar la guagua (transporte colectivo obligatorio) y el ticket combinado; no se puede "entrar por libre".
Conocer y tramitar estos permisos es parte de tu trabajo, y también de tu argumento de venta: el cliente informado valora al guía que se lo gestiona todo.
Por qué el camino legal compensa (de verdad)
Cumplir cuesta un esfuerzo inicial, sí. Pero mirado a un año vista, la legalidad no es un peaje: es tu modelo de negocio.
Entras en las grandes plataformas. Para publicar en Civitatis, GetYourGuide o Viator tienes que ser un proveedor registrado y con seguro. Sin tus papeles no pasas la verificación; con ellos, accedes a un escaparate mundial que ninguna publicación en un grupo de Facebook te puede dar.
Puedes trabajar con el sector. Hoteles, agencias receptivas y otros operadores solo derivan clientes a proveedores en regla, porque su propia responsabilidad depende de ello. La legalidad te hace socio fiable, no competencia sumergida.
Facturas y creces sin miedo. Emites factura, deduces gastos, reinviertes. Puedes contratar a otro monitor titulado cuando la demanda suba. Un negocio "en negro" nunca escala: vive con el freno de mano puesto y la amenaza de la sanción encima.
Vendes tranquilidad. En un mercado donde el viajero cada vez pregunta más por el número de registro y el seguro, poder enseñarlos es una ventaja competitiva, no una carga.
Consejo de guía a guía: cerrar una ruta comiendo en un guachinche tradicional es la guinda perfecta para tus clientes. Pero si tienes clientes celíacos, cuidado con la cocina canaria: el gofio (harina de cereal tostado, a menudo de trigo, aunque también de millo) aparece en platos como el escaldón y en algunas salsas, y las cocinas tradicionales suelen usar freidoras compartidas. En Tenerife, el Asador El Rincón de Chasna (Vilaflor) es una referencia con cocina adaptada para celíacos.
De la pasión al oficio
Que el terreno lo conoces ya lo sabemos, y eso es lo difícil de enseñar. Lo demás (el alta, la titulación, el seguro, el registro) es una lista finita de pasos que miles de profesionales han recorrido antes. Vale la pena hacerlos en orden y con una buena gestoría al lado: te evitas sustos y construyes algo que dura. Un apunte logístico si vas a moverte entre islas para tus rutas: desde 2026 los trayectos de Naviera Armas operan de forma progresiva bajo la nueva marca Baleària Canarias, todavía en fase de transición.
Si quieres entender cómo lo ve tu futuro cliente (qué señales busca, qué le da confianza), lee la primera entrega, https://islas24.info/es/blog/como-reconocer-excursiones-legales-canarias. Y si tu idea pasa por recoger y pasear turistas en coche, cuidado, porque eso es transporte y tiene sus propias reglas: lo desgranamos en https://islas24.info/es/blog/es-legal-excursion-en-coche-canarias.
Esta es la tercera de cuatro entregas. En la última cerraremos el círculo: por qué el intrusismo perjudica a las empresas que sí cumplen, y dónde encontrar el registro oficial isla por isla.
Fuentes
Decreto 138/2025, de 27 de octubre, que modifica el Reglamento de turismo activo (Gobierno de Canarias / Juriscan): https://www3.gobiernodecanarias.org/juriscan/ficha.jsp?id=79561
Decreto 226/2017, de 13 de noviembre, Reglamento de las actividades de turismo activo de Canarias: https://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/608450-d-226-2017-de-13-nov-ca-canarias-reglamento-por-el-que-se-establece-el-regimen.html
Gobierno de Canarias — Turismo Activo (normativa y requisitos): https://www.gobiernodecanarias.org/turismo/dir_gral_ordenacion_promocion/TurismoActivo/
Sede electrónica — Declaración responsable de inicio de la actividad de Turismo Activo (requisitos y seguros): https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/9309
Real Decreto 702/2019 — Títulos de Técnico Deportivo en Barrancos, Escalada y Media Montaña (BOE): https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-344
Decreto 13/2010 — profesión de guía de turismo en Canarias: https://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ic-d13-2010.html
Gobierno de Canarias — Guías de Turismo (habilitación): https://www.gobiernodecanarias.org/turismo/dir_gral_ordenacion_promocion/guias_de_turismo/index.html
Seguridad Social — Trabajo Autónomo (alta RETA y guía práctica): https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Colectivos/Trabajo+Autonomo/guia
Tarifa plana de autónomos 2026 (Infoautónomos): https://www.infoautonomos.com/seguridad-social/tarifa-plana-autonomos/
GetYourGuide — información empresarial necesaria para ser proveedor: https://supply.getyourguide.support/hc/es-es/articles/13980963924381





